domingo, 12 de noviembre de 2017

¿Es un pueblo una mera propiedad?




Preguntas al aire en un momento de contaminación atmosférica política …

¿ES UN PUEBLO UNA PROPIEDAD? He aquí la primera cuestión: Entiéndase por pueblo el conjunto de personas físicas y jurídicas que fijan su residencia en un asentamiento geolocalizado, con una tradición histórica-cultural, un reconocimiento vecinal… Y que supera la mera posesión parcial de una “finca”, sujeta en nuestro estado social y de derecho a unas cargas fiscales que contribuyen “por igual a sufragar” los gastos proporcionales del conjunto, en base a su posesión para uso y disfrute…

¿Segunda cuestión o pregunta? ¿Puede un particular, aunque fuera “el administrador”, proponer a los “aparceros” que mediante una “suscripción popular-populista” pretendieran enajenar a los propietarios legítimos esa propiedad…?

Parece pues, que estamos tratando a un “Estado Soberano” como mera propiedad "de uso y disfrute", y si así, 

1º: ¿”Quiénes sus propietarios”?; 2º: ¿Pudiérase reclamar “según el derecho romano” -por jurisprudencia ancestral- que quienes tras años “de abandono”, (si es que lo abandonaran, pues no fuera ocupación sino cesión…) quieran querer tener lo que no tienen …?

Dejemos el jueguecito de, “si te doy y si te quito, que si me quedo, o si me voy” … En ese juego de “ahora te lo doy a cambio de … y luego que obtienes el beneficio, preténdase el te lo quito -“porque es mío- (un “mío” sub júdice) …

Y sobre la consulta soberanista… recordar que no todo es votable… y que dentro del voto existen los deliberativos y los consultivos, y los unos no se pueden confundir ni suplantar por los otros……

Así que estamos ante unos auténticos trileros-troleros y embaucadores… y con el consentimiento de “otros” que haciéndose pasar por observadores y espectadores, son cómplices por acción o dejación de la situación … ¡No me vengan pues, unos y otros, a querer solucionar lo que entre ellos montaron…!


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